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Download as PDF, TXT or read online. CONCEPTOS DE HARDWARE Y SOFTWARE PARTES DE UNA COMPUTADORA Una computadora. * Firmware: software que generalmente permanece. Acrónimos y definiciones mas usadas para las partes de software y hardware en el mundo de la informática. Download – Descarga. Firmware - Conjunto de. Naturaleza y Tutela Jurídica del Software by Javier Jimenez on Prezi. Otros Problemas.. Software .. Introducción. Tutela Jurídica. Situación Nacional. PROTECCIÓN DEL SOFTWARE< > Propiedad Intelectual< > Contrato de licencia de Programa< > Copia no autorizada< > Piratería de Software. Clasificación del Softwarea) Según el grado de estandarización: > Software Estándar.> Software Echo a la Medida. Según el grado de vinculación del Sw al Hw.> Firmware > Software Autónomoc) Presencia/ Ausencia de Contraprestación> Software Comercial> Freeware> Sharewared) Según la modalidad de licenciamiento> Software Propietario> Software Libre> Software de Dominio Publico. Teresa Reyez Ávila. Benito Javier Jiménez García. Naturaleza y Tutela Jurídica del Software Software Estandar o Hecho a la medida. ESTANDAR. Incluye todos los innumerables productos fabricados para distribución masiva. Es estándar precisamente porque es igual para todos,Firmware o Software Autónomo• FIRMWARE escencialmente hace alusión a la clase de sw que se almacena en la memoria ROM de un computador. Su grado de fijación al equipo puede ser absoluto, como el caso de los programas implantados via circuitos trazados, o relativo, como en el caso de los ROM reprogramadores. Software Comercial, shareware y Freeware. COMERCIAL. Llega hasta los usuarios por canales establecidos de mercadeo y es disribuido normalmente con ánimo de lucro. Por oposición al término hardware, que hace alusión a los componentes físicos de un sistema computacional, la palabra software designa a todos sus componentes lógicos que incluyen tanto a las aplicaciones como a los datos sobre los cuales ellas operan. En la década de 1. IBM). Comienzos de la década 1. EE. UU, se forzó a separar la distribución de hardware y software por considerarlo como anticompetítivo. Decimos entonces, que el software actualmente constituye un bien jurídico en sí mismo y, por ende, es objeto de consumo y comercio. En plano jurídico y en lo que su naturaleza concierne el software se caracteriza por: 1. Es un bien mueble. Es inconsumible. 3. Es fungible. 4. Es un bien indivisible. Posee carácter patrimonial. La transformación de software en un objeto separado de comercialización, y su vulnerabilidad – dada la facilidad d copiarlo a bajo costo- son dos causas más importantes que han estimulado el debate sobre la protección jurídica. Sin embargo la concepción que llamaríamos “clásica”, en el sentido de que el régimen legal aplicable a estos efectos es el de derecho autoral. Como tutelar al software es una cuestión diferente a la de cómo hacerlo respecto del hardware. Entonces cuales han sido los diversos mecanismos por los que ha propuesto una adecuada tutela legal del software: 1.- Derecho de autor. Patentes de invención. Sistemas de protección sui generis. La Tutela por medio de Patentes de Invención Una patente es un derecho exclusivo otorgado al creador de una invención, termino por el que entiende un producto o proceso que ofrezca una nueva manera de hacer algo, o una nueva solución técnica a un problema. En nuestra legislación no se considera invenciones y por ende patentables a “los programas de ordenador considerados aisladamente”. Un software es patentable cuando esta conjunto con algún otro elemento presumiblemente un dispositivo hardware. Creación de Regímenes de Protección Sui Generis. Diversas corrientes doctrinarias vienen afirmando con insistencia que así como la protección del software de invención es inidónea, también lo es la que pretende lograr a través del derecho de autor. El software es difícilmente adaptable a lo que en rigor se comprende bajo las leyes de derecho de autor, la aplicación al software de los conceptos de la propiedad intelectual clásica deviene necesariamente forzada y obligada a la introducción de un serie de excepciones y variantes puramente ad hoc. Tutela a través del Derecho de Autor El derecho autoral es el campo específico de la propiedad intelectual que se aplica a las obras literarias, artísticas y científicas, así como a las obras tecnológicas (como el SOFTWARE). Esos derechos son agrupados tradicionalmente en dos categorías: los derechos PATRIMONIALES y los derechos MORALES. Derechos Patrimoniales: la tutela que otorga el derecho de autor implica que determinadas utilizaciones de una obra protegida son legítimas solo si cuenta con la autorización del titular. Permiten a su titular obtener una remuneración derivada del uso de la obra. Derechos Morales: permiten tomar determinadas medidas para reservar el nexo personal existente entre autor y obra; es decir, para salvaguardar el aspecto inherente a la personalidad del autor que se refleja en su obra. Software .. Discusión jurídica si una base de datos es susceptible o no de recibir protección bajo el derecho autoral, en forma separada de la que goza la aplicación empleada para gestionarla. HECHO A LA MEDIDA. Es aquel que es producido específicamente contra pedido y para las necesidades concretas de un usuario o usuarios. AUTÓNOMO. es todo aquel que, por no venir integrado en el hw, es necesario obtener separadamente e instalar de previo a su empleo. SHAREWARE. Constituye una modalidad especial relativa a la contraprestación debida al autor o distribuidor del sw, que se caracteriza por estar sujeta al examen temporal del producto hasta el acaecimiento de una condición preestablecida, en cuyo momento el usuario debe decidir si desea conservarlo o no. También la licencia de uso de una aplicación de software puede otorgar al usuario derechos mas o menos limitados.> PROPIETARIO. El autor de los derechos otorga una gama limitada de derechos a los usuarios.> LIBRE. Reside en los derechos que respecto de él, disfrutan sus usuarios. DE DOMINIO PÚBLICO. El titular renuncia completamente a cualquier clase de derecho patrimonial sobre la aplicación. FREEWARE. Caracterizado por la ausencia de contraprestación; es decir, por su gratuidad.
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November 2017
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